Análisis previo
Antes de entrar en el tema, debo decir que, en el mercado del alquiler, a día de hoy no existe oferta suficiente como para satisfacer las necesidades de todas las personas que desean alquilar una vivienda. Esto supone que, de entrada, el precio de alquiler de cualquier vivienda estará sobrevalorado.
Lo que debes saber si eres el inquilino y vas a alquilar una vivienda
Ya hemos dicho que la escasez de oferta de viviendas en alquiler y la alta demanda que hay de ellas hacen que su precio se dispare. Pero si estamos decididos a alquilar una vivienda, existen tres vías fundamentales para acceder a ella:
Por agencia inmobiliaria
Cuando acudimos a una agencia inmobiliaria para alquilar una vivienda, en general, nos van a preguntar cuál es nuestra situación laboral, si tenemos mascotas, cuántas personas van a habitar la vivienda y el tiempo que tenemos previsto quedarnos.
Capacidad de pago o solvencia:
Seguramente es lo primero que nos van a preguntar y, aunque no es algo agradable, suele ser la manera más habitual de comprobar si somos un perfil de inquilino “apto” o no. Una de las cosas más importantes en las que se basa el arrendador para darnos el ok son los ingresos que tenemos.
Como arrendatarios, aunque no estamos obligados a facilitar documentación en la que se indiquen nuestros ingresos, por contener información confidencial, mostrarla facilitará el proceso y nos hará “confiables” de cara al propietario.
Pago de la comisión
En este punto, cada agencia funciona de la manera que considera oportuna. Aunque no es obligatorio que los honorarios para la inmobiliaria por la gestión realizada los abone el inquilino, en Euskadi suele ser así. En otras provincias, la comisión la asumen ambas partes.
Os recomiendo que consultéis y aclaréis este punto con el profesional de la agencia inmobiliaria desde el primer momento. De esta forma evitaremos sorpresas más adelante.
Visita de las viviendas y estado de las mismas
Cuando visitamos una vivienda de alquiler a través de una agencia inmobiliaria, es fundamental que nos fijemos en el estado de la misma. Es importante que la vivienda, independientemente de que sea más o menos nueva, cumpla con unos requisitos aceptables de limpieza y conservación. Las ventanas o cerramientos deben ser correctos, el estado de los electrodomésticos ha de ser. Además, debemos comprobar cómo están los suministros de agua, gas, electricidad etc.
Recomiendo que, en la reserva o el contrato que se realice, quede reflejado que la vivienda se encuentra en condiciones aptas de higiene, que todos los electrodomésticos funcionan correctamente y que los suministros están dados de alta.
Animales de compañía
Otra cosa que hemos de tener en cuenta es si nuestros compañeros caninos o felinos tendrán o no cabida en el inmueble. En los contratos de alquiler suele haber una cláusula relativa a los animales, por lo que recomiendo aclarar este punto desde el principio, pues hay muchos propietarios que no admiten inquilinos con animales.
Si este punto no está claro, mi consejo es no firmar ningún documento ni abonar ninguna cantidad, pues al final el perjuicio será para nosotros. El animal no podrá entrar en la vivienda.
Firma de la reserva y del contrato. Penalizaciones
Si ya hemos decidido alquilar una vivienda, podremos entregar una reserva o firmar directamente el contrato de alquiler. Si realizamos la reserva, recomiendo que en el documento que firmemos queden claras todas las cláusulas, de lo contrario, podríamos perder la reserva si, finalmente, en el contrato de alquiler no se refleja lo pactado verbalmente.
En el caso de que el inquilino decida, después de abonar la reserva, no firmar el contrato de alquiler, perderá la cantidad entregada en concepto de arras. Del mismo modo, si el propietario decide finalmente no firmar el contrato de alquiler, se verá obligado a devolver al arrendatario el doble de la cantidad indicada en la reserva.
Cantidades a desembolsar en el momento del alquiler
En Euskadi es obligatorio el desembolso de una fianza en el organismo correspondiente del Gobierno Vasco. Primero el inquilino le entrega la fianza, consistente en una mensualidad, a la inmobiliaria o al propietario directamente. Después, el propietario está obligado a depositarla en el organismo pertinente del Gobierno Vasco.
Cuando el inquilino abandone la vivienda, si todo está en condiciones correctas, se le devolverá la fianza que depositó, después de que el propietario la haya recuperado en el organismo correspondiente.
Además de la fianza, deberemos pagar la primera mensualidad por adelantado. Suele abonarse en el momento de la firma del contrato de alquiler.
Finalmente, el día de la firma del contrato de alquiler, como inquilinos, deberemos abonar también los honorarios para la agencia inmobiliaria. Habitualmente suelen ser una mensualidad mas el IVA correspondiente.
Por particular
Si vamos a alquilar una vivienda por particular, el proceso es similar al anterior. Sin embargo, existen algunas diferencias importantes:
- No tendremos que abonar honorarios, ya que alquilamos la vivienda al propietario directamente.
- El contrato lo realizarán las partes, pagando a un abogado o con un modelo que acuerden entre ambos.
- En todo momento trataremos directamente con el propietario, por lo que lo conoceremos en persona. Cuando alquilamos vía inmobiliaria lo único imprescindible es que el arrendador firme el contrato, pero puede que ni siquiera lleguemos a conocerlo.
Servicio público de vivienda
Esta es otra vía por la que podemos encontrar viviendas en alquilar disponibles. En este caso, el inconveniente es que, para poder acceder a estos inmuebles, hemos de cumplir unos requisitos determinados, ya que son viviendas protegidas por un organismo oficial del Gobierno Vasco. En mi provincia, Bizkaia, el organismo que gestiona el alquiler de estas viviendas es Etxebide.
En este caso, la mayoría de las veces, el objetivo consiste en que personas en situación vulnerable por no tener trabajo o por no tener ingresos suficientes puedan acceder a una vivienda con un alquiler social o protegido. Si este es tu caso, debes contactar con los servicios de alquiler de tu ciudad y comprobar si cumples los requisitos para poder optar a un alquiler social protegido.
No hemos de confundir este tipo de viviendas protegidas con las que ofrece Bizigune, una sociedad pública dependiente del Gobierno Vasco. En este caso, las viviendas que se ofrecen en alquiler pertenecen a personas particulares. También habrá que inscribirse como demandantes para este tipo de viviendas y cumplir con los requisitos establecidos.
En otro artículo detallaremos de forma más extensa las diferentes tipologías dentro de los programas u organismos desarrollados para el acceso a viviendas de alquiler.
Si tenéis cualquier duda contactar conmigo y os ayudaré en todo lo que sea posible para que tengáis la confianza de realizar una gestión satisfactoria.
Aunque no disponga de la vivienda que necesitéis alquilar, os puedo asesorar para que no tengáis ningún inconveniente y estéis acompañados en todo momento.